Iñaki Galdos Ibáñez de Opakua – Miembro de la Ejecutiva Regional de Eusko Alkartasuna de Bizkaia
Si un ciudadano tiene derecho a caminar en cualquier dirección por cualquier calle de cualquier ciudad de su país, dos o más ciudadanos tienen el mismo derecho. Esta es la esencia misma del derecho de pública manifestación: que varios ciudadanos puedan caminar juntos en cualquier dirección. Lo de menos es el motivo por el cual caminan juntos, lo importante es que puedan hacerlo, el caminar para protestar pública y pacíficamente y que el Estado les garantice ese derecho.

Hete aquí que, para asombro de los que nos consideramos demócratas ­perdón por el atrevimiento, pues me confieso nacionalista vasco­, existen personas que consideran que en Euskadi una serie de ciudadanos no pueden caminar por la calle en pública protesta por lo que consideran injusto, en este caso, la suspensión de actividades de una organización política como es Batasuna.

Al grave quebranto que supone para cualquier democracia la suspensión de actividades de un partido, se suma ahora el hecho de que no se pueda protestar en la vía pública contra la propia decisión. Este es el fondo de la cuestión. La democracia, en su esencia, es un sistema basado en la discrepancia individual y colectiva de pareceres. Las discrepancias colectivas de la ciudadanía se canalizan a través de los partidos, que sirven para unificarlas, canalizarlas y buscar su solución a través de la acción de gobierno u oposición, mientras que las discrepancias individuales tienen su medio y cauce de expresión en el derecho a manifestarse pública y pacíficamente.

Cuando se niegan los anteriores derechos, estamos ante una situación de excepción, faltando las premisas consustanciales a cualquier atisbo de democracia formal, y quien los niegue, sea cual sea el motivo, no puede pretender que se le denomine demócrata. Todo lo demás son debates baladíes por estériles, al no poderse discutir de democracia cuando faltan sus más mínimos rudimentos. En el actual estado de cosas estamos asistiendo a un peli- groso descenso hacia los abismos del totalitarismo.

La negación de derechos democráticos también se produce cuando no se deja a las personas manifestar las propias ideas ante la amenaza de ser asesinadas o ver perturbados sus bienes o cualquier otro derecho consustancial a la persona. Esto tiene que quedar también muy claro.

Pero no sólo hay razones de fondo, es también la forma de la resolución. Parece ser que es por medio de una providencia por la cual el Garzón ha decidido resolver que en Euskadi no pueden una o varias personas protestar en la vía pública contra la suspensión de actividades de un partido político llamado Batasuna. Las formas son importantes y denotan el talante de quien las adopta.

Sé que al común de los mortales lo que es una providencia, en cuanto resolución judicial, le dice muy poco, pero voy a intentar explicarlo con un ejemplo. En Euskadi todos conocemos la finura jurídica del delegado del Gobierno del Reino de España, señor Villar. Esta persona, paradigma de las formas, sobre todo jurídicas, consideró que lo conveniente para prohibir las manifestaciones en contra de la suspensión de actividades de Batasuna era plantear una acción ante los tribunales de justicia para que el tema fuera resuelto por sentencia judicial. Por sentencia, no por providencia.

Si al preclaro delegado del Gobierno del Reino de España ya se le alcanzó pensar que sólo cabría pedir la prohibición individualizada de cada manifestación mediante una concreta demanda que dé origen a un particular proceso judicial y donde las partes afectadas puedan decir y contradecir sobre los motivos de la prohibición, proceso que deberá finalizar con una sentencia que prohíba una concreta manifestación, y en la cual se expongan, en su caso, los motivos que siempre deberán ser excepcionales y de los cuales traiga causa directa la prohibición de realizar una manifestación. Resulta muy fácil llegar a comprender que la prohibición genérica de toda manifestación realizada mediante providencia no se sostiene desde las perspectivas de las formas jurídicas, debiendo repeler a las personas con una mínima sensibilidad democrática.

Se pretende con carácter general prohibir un derecho democrático esencial mediante una mera providencia. Es como si el alcalde de mi pueblo pretendiera, mediante decreto de Alcaldía, derogar la Constitución, simplemente una barbaridad jurídica. Pero es que ya van tantas… Ante esta última, por dignidad y convencimiento democrático, ni podemos, ni debemos callarnos. Tenemos que decirlo con serenidad y con claridad: en la lucha por la paz, la tolerancia y la convivencia, éste no es el camino. Por estos derroteros no se alcanza ningún puerto, salvo que se pretenda cargar de razones a los extremos que desean establecer en el seno de la sociedad vasca el enfrentamiento. Este pueblo tan maltratado por la historia no merece esto, ni a partidos que no han sabido asumir los resultados del 13-M, ni al juez que ha dictado la providencia, ni a los que callan ante los asesinatos, ni a los que asesinan o persiguen a las personas por su ideología o profesión.

Para el autor de la providencia, sólo espero que prospere su nominación al Nobel de la Paz por su innegable contribución a una nueva forma de entender el constitucionalismo democrático. Que le otorguen tan merecido premio, al fin y a la postre también se lo concedieron a otras personas con indudable talante demócrata y pacifista como Kissinger o Beguin, y tras lo cual, e investido de tan alto galardón, propongo que viaje a todos los confines de la tierra y se dedique a menesteres tan altruistas como pueden ser dar charlas sobre constitucionalismo, democracia y paz al jefe del Estado de Guinea Ecuatorial o al ínclito Sadam Hussein o al talador de arboledas George Bush o al ex senador vitalicio y apreciado amigo general Pinochet, porque ellos podrán entender su providencia sin grandes esfuerzos intelectuales.

Fuente: Iñaki Galdos Ibañez de Opakua