´La resolución no es admisible ya que no se ajusta a sus competencias´
La diputada de Eusko Alkartasuna en el congreso de los Diputados Begoña Lasagabaster aseguró que los acuerdos adoptados por el Tribunal Supremo vulneran la autonomía parlamentaria y no son ´admisibles´ ya que, según indicó, ´en la medida en que no se ajusta a sus competencias, no son fundados en derecho´.

Lasagabaster censuró que la resolución del órgano judicial sobre la disolución del grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak ´incide en un error fundamental´ porque ´parte de la base de que pueden intervenir en la autonomía parlamentaria´.

Sin embargo, advirtió, la sala especial del TS no puede ´violar el principio fundamental de la autonomía parlamentaria´ para establecer las reglas de funcionamiento de la Cámara y cómo se articulan tanto los grupos parlamentarios como los medios materiales y personales de esta institución.

En este sentido, indicó que este tipo de actuaciones en detrimento de la autonomía parlamentaria no son admisibles ya que ´van en contra del principio de separación de poderes´.

Asimismo, Lasagabaster recordó que el acuerdo del Supremo ´no respeta una distinción jurídica fundamental, que es la diferencia entre grupo político y parlamentario´. Esta distinción, añadió, ´es clara y está recogida en toda la doctrina, incluso del Tribunal Constitucional´. De esta manera, destacó que ´es muy significativo que la Ley de Partidos aludía a partidos políticos y, en ningún momento, a grupos parlamentarios´.

Por ello, argumentó que la actuación del Supremo ´no se corresponde con las competencias de la Sala Especial y vulnera la autonomía parlamentaria, y esto es muy grave porque afecta a un elemento claro del sistema de representacion´.

En su opinión, es ´terriblemente grave´ que el TS ´inste a un presidente de un parlamento o de las comisiones a actuar de determinada manera´. Esta actuación, señaló, supone ´un error´, que ´no se puede admitir en un Estado de derecho´.

El Tribunal Supremo, concluyó, ´tiene sus competencias´ y, en este caso, ´está resolviendo sobre cuestiones que no son de su competencia´. En consecuencia, indicó, ´en la medida en que no se ajusta a sus competencias, no son fundadas en derecho´.

Fuente: Begoña Lasagabaster