La Ejecutiva Regional
de Eusko Alkartasuna en Navarra y la organización del partido en Etxarri
Aranatz consideran que deben aplicársele los beneficios penitenciarios
contemplados en el artículo 90 y siguientes del Código Penal al
preso de la citada localidad navarra Bautista Barandalla, al entender que concurren
los requisitos de enfermedad grave e incurable establecidos en el artículo
92 del mismo código.
Según la
información recibida, el preso navarro Bautista Barandalla padece una
colitis ulcerosa grave que condiciona de manera definitiva la ejecución
de sus necesidades fisiológicas. Estas circunstancias especiales requieren
de unos cuidados médicos y unas condiciones de higiene excepcionales
que, evidentemente, no se cumplen en el entornog penitenciario.
EA de Navarra subraya
que la aplicación de la normativa vigente también en estas cuestiones
es una obligación fundamental en un Estado de Derecho, que se debe exigir
y cumplir en todo caso, con independencia de las discrepancias ideológicas
y políticas entre las personas, y del tipo de delito que hayan podido
cometer.

Jatorria: Eusko Alkartasuna