Las cuatro provincias vascas integradas en el
Estado español disponen de una amplia autonomía fiscal, equiparable
a la de cualquier Estado miembro de la UE. Tras dos guerras durante el siglo
XIX los territorios vascos perdieron la mayor parte de su autonomía administrativa
y legal (sistema foral) pero pudieron pactar con el gobierno español
la continuación de la autonomía fiscal. Este pacto entre las provincias
vascas y el estado español recibe el nombre de Convenio (en el caso de
Navarra) y Concierto Económicos (Alava, Bizkaia y Gipuzkoa). Llamaremos
a estos territorios ‘forales’ .
¿QUE SON EL CONCIERTO
Y CONVENIO ECONOMICOS?
El Convenio o Concierto Económicos es
un sistema que establece un reparto, dentro del sistema tributario general del
Estado, de los diferentes ámbitos de potestades mediante el cual las
provincias vascas diseñan, regulan y recaudan todos los impuestos de
su ámbito competencial. Los impuestos sobre los que tienen competencias
son llamados ‘impuestos concertados’. Los territorios forales obtienen
sus recursos directamente de los contribuyentes y con ello debe financiar el
funcionamiento del sector público, es decir, los territorios forales,
al igual que cualquier hacienda autónoma, asumen todo los riesgos recaudatorios.

Marco Legal
Constitución española,

Disposición Adicional Primera: ‘La
Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios
forales …’
Comunidad Autónoma
Vasca:Estatuto Autonomía
art. 40: ‘Para el adecuado
ejercicio y financiación de sus competencias, el País Vasco dispondrá
de su propia Hacienda Autónoma’
art. 41.1: ‘Las relaciones de orden tributario entre el Estado y
el País Vasco vendrán reguladas mediante el sistema foral tradicional
de Concierto Económico o Convenio’
Ley Orgánica 12/1981,
de 13 de mayo, que aprueba el Concierto Económico entre el Estado y la
Comunidad Autónoma Vasca.
Comunidad Foral de Navarra:Amejoramiento
del Fuero,
art. 45.3: ‘Navarra tiene potestad para mantener, establecer y regular
su propio régimen tributario, sin perjuicio de lo dispuesto en el correspondiente
Convenio Económico’
Ley Orgánica 28/1990,
de 26 de diciembre, que aprueba el Convenio Económico entre el Estado
y la Comunidad Foral de Navarra
CUPO
Los territorios forales aportan
a la hacienda del Estado español un CUPO global (Aportación en
el caso de Navarra) como contribución a todas las cargas económico-financieras
del Estado en los citados territorios cuya competencia todavía no está
asumida por las Instituciones forales y como aportación a la solidaridad
entre regiones.

En el caso de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa,
cada cinco años se aprueba una ley para determinar la metodología
y se aplica un índice de imputación al importe total de las cargas
del Estado no asumidas por los territorios forales y mediante la práctica
de ajustes y compensaciones. El índice de imputación que actualmente
se utiliza es el 6,24%, es decir, los territorios forales sufragan el 6,24%
de las cargas generales del estado cuyas competencias no han sido asumidas.
Debemos recordar que la población de estos territorios representa el
5% del total de población del Estado español.
ARMONIZACION FISCAL
Las leyes que regulan el Concierto
(Araba, Bizkaia y Gipuzkoa) y el Convenio (Nafarroa) establecen que la normativa
foral deberá estar ‘adecuada’ a la normativa común del
Estado y que los sistemas forales ‘mantendrán una presión
fiscal efectiva global equivalente a la existente en el resto del Estado’.
Esto significa que debe haber una armonización fiscal entre todos los
sistemas fiscales.

A pesar de ello, la falta de concreción en la redacción de estos
artículos ha generado inseguridad jurídica, al interpretar de
forma muy diferente el gobierno de Madrid y los territorios forales el término
‘presión fiscal equivalente’.
AUTONOMIA FISCAL Y UE
El sistema de autonomía
fiscal foral es perfectamente compatible con una hipotética armonización
fiscal en la UE. Hay que considerarlo como un sistema fiscal más dentro
de los sistemas fiscales de los Estados Miembros.
DOCUMENTACIÓN:
- EL
CONCIERTO ECONÓMICO ENTRE EUSKADI Y EL ESTADO. Introducción a
la concepción del sistema concertado. Aproximación acerca del
encaje de nuestra fiscalidad en la Unión Europea.
- EL
CONCIERTO ECONOMICO CON LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO (texto actualizado
al 27 de mayo de 1997)

Fuente: Eusko Alkartasuna